Información Censos 2011
En el día de ayer en Twitter se repitió varias veces una pregunta: ¿por qué en el cuestionario del censo 2011 se pregunta el nombre?
Hoy me puse a buscar información sobre esto y en la web del INE hay bastante.
Voy a poner aquí las que considero más importantes:
Los censos 2011 se desarrollan durante 30 días, del 1° de setiembre al 30° del mismo mes a diferencia de los anteriores que se hacían en un solo día, y en esta oportunidad se llama censos, y no censo solo, debido a que conjuntamente se realizan:
Leer másFestejos del bicentenario de Uruguay
Bueno, quizás algunos no estén de acuerdo con el título de este post, ni yo mismo lo estoy, en realidad para ser justos en 2011 no será el festejo del bicentenario de la República Oriental del Uruguay, sino que sera el Año de celebración del Proceso de Emancipación Oriental, esto es así, según la Ley N° 18.677 del 13 de agosto de 2010.

Me parecería mucho mejor dejar el festejo para 2028, al cumplirse 200 años reales de la independencia de Uruguay, exactamente el 4 de octubre de 1828 cuando en Montevideo, Brasil y Argentina se pusieron de acuerdo en dejarnos ir
, irónicamente 170 años después el Mercosur nos vuelve a hacer dependientes de ellos, pero ese es otro tema.
Atado a los festejos del bicentenario, los que calculo que harán que gastemos mucha plata que no tenemos, vienen varios concursos como es de esperarse, el primero que me entero es el de creación de marca “Bicentenario de Uruguay”.
Las bases se encuentran disponibles en PDF, pero lo que me parece bastante vergonzoso, es que tengan pensado festejar a lo grande, gastando seguramente unos cuantos millones de lo que no tenemos, y sin embargo el premio por la marca ganadora sea de tan sólo $40.000, debiendo el ganador tener que ceder sus derechos intelectuales al Estado.
Para estar al tanto de la payasada organización de los festejos, pueden seguir la web del bicentenario.
Descarga bases del Llamado a la creación de la Marca Bicentenario del Uruguay
Leer másManual de Defensa del consumidor en Uruguay
En los últimos días de diciembre de 2009, la Dirección General de Comercio, el Consejo de Educación Secundaria y el Consejo de Educación Técnico Profesional, junto con la Dirección Nacional de Impresiones y Publicaciones Oficiales, editaron un manual de Defensa del Consumidor, cuyo objetivo es dar a conocer a liceales y estudiantes de UTU sobre los derechos que tienen como consumidores.
Para entender la Ley 17.250 de Relaciones de Consumo, debemos tener claros algunos conceptos que en ella se mencionan:
Producto
Es todo bien mueble o inmueble, como por ejemplo electrodomésticos, medicamentos, alimentos y vestimenta.Servicio
Es cualquier actividad remunerada como por ejemplo la conexión a Internet, la telefonía celular o fija, las tarjetas de crédito, el servicio de un abogado, medico o cualquier profesional y una larguísima lista de servicios existentes.Sujetos de las relaciones de consumo
Proveedor: “Toda persona física o jurídica, nacional o extranjera, privada o pública, y en este último caso estatal o no estatal, que desarrolle de manera profesional actividades de producción, creación, construcción, transformación, montaje, importación, distribución y comercialización de productos o servicios en una relación de consumo.”
Consumidor: “Toda persona física o jurídica que adquiere o utiliza productos o servicios como destinatario final en una relación de consumo o en función de ella. No se considera consumidor o usuario a aquel que, sin constituirse en destinatario final, adquiere, almacena, utiliza o consume productos o servicios con el fin de integrarlos en procesos de producción, transformación o comercialización.Relación de consumo
Esta se establece cuando es necesario pagar un precio por un producto o servicio para consumo final. Como casos excepcionales, también se considera relación de consumo cuando a pesar de no haber un precio por el producto, este se recibe en forma gratuita incitándonos a consumirlo, un ejemplo puede ser las promociones de conexión a Internet por 30 días gratuitas, o cuando nos ofrecen una galletita en el supermercado para que la probemos.
Luego de esta breve introducción que espero haya aclarado algunas ideas, los invito a descargar el manual de defensa del consumidor de Uruguay
Manual de defensa del consumidor en Uruguay
Leer másDerechos del consumidor en Uruguay
Hace unos pocos días, entró en vigencia la Ley Nº 18.507 que crea un procedimiento especial para las relaciones de consumo reguladas por la Ley Nº 17.250 (Ley de defensa del consumidor), de un monto menor a 100 U.R. (La unidad reajustable al día de hoy es de $ 419,66)
¿Esto qué quiere decir? Que cualquier persona que haya comprado, contratado o utilizado productos o servicios como destinatario final, tiene derecho a reclamar por fallas, incumplimientos de contrato, por practicas abusivas, por publicidad engañosa o cualquier daño que viole los derechos del consumidor, sin necesidad de abogado, y en un juicio de no mas de 30 días, con el único costo del 1% del monto reclamado (recordamos que el monto reclamado no puede ser superior a $42000 al día de hoy, de lo contrario, se deberá hacer un juicio con abogado.)
Veamos un ejemplo:
Camila compra un lavarropas por $11500 y a la semana se le quema el motor, si la empresa que se lo vende, no se hace cargo de la garantía, Camila puede iniciarle un juicio sin necesidad de un abogado, con un costo de $115 y en 30 días el Juez que entienda en el caso dictará la sentencia.
No creo que lleguemos a hacer juicios a mansalva como en Estados Unidos, pero esta es sin duda una Ley que apoya mucho a los consumidores uruguayos, en plazos de decisiones y en costos del proceso. Otro ajuste de tuercas para las empresas poco serias que se lavan las manos en el momento que el cliente sale por la puerta.
¿A alguno le pasó alguna vez, un caso en el que tuviera que reclamar?
Foto: MiniTar
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Me llamo Federico Lorenzo desde chiquito, uruguayo de veintitrece años años, adicto a Internet, las comunicaciones y las nuevas tecnologías.
Enfermo probador de themes y plugins para WordPress.


